24 marzo, 2016

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¿Qué pagos debe efectuar por una franquicia?

Qué pagos debe efectuar por una franquicia

 

En el actual mundo de negocios,  una franquicia es un concepto que brinda mucha seguridad y confianza a los emprendedores, por ser éste un sistema de negocio que permite formar parte de una red cuyo éxito ha sido comprobado y que cuenta con imagen destacada y clientela cautiva.  Sin embargo, este sistema no está libre de generar  interrogantes en el emprendedor. Entre éstas, las más importantes son las relativas a sus costos. ¿Sabe usted qué pagos debe efectuar por una franquicia?

 

Generalmente, el pago de una franquicia se clasifica en dos tipos:

 

  1. Pago inicial: se refiere al monto que se cancela al franquiciador por el derecho de abrir su franquicia. Principalmente, corresponde a la compra de los derechos para usar las marcas registradas, métodos comerciales y derechos de distribución del franquiciador. Para las franquicias establecidas y muy reconocidas, el monto de la patente suele ser elevado; llegando incluso, a decenas de miles de dólares. Este pago también dependerá del valor del área comercial; de manera que mientras más grande sea su mercado, mayor será el monto que podría terminar pagando.

 

Tome en consideración que la cuota de franquicia inicial puede o no incluir costos de capacitación, construcción, equipos, instalaciones, etc.

 

  1. Pago continuo: Corresponde a cuotas que continuamente usted habrá de cancelar, por los derechos de la franquicia. La mayoría de los franquiciadores establece una cuota por derecho de patente, que oscila entre el 1% y el 15% de las ventas brutas.

 

Tal como se indicó en el párrafo anterior, considere con atención, que tal derecho de patente se paga con un porcentaje sobre las ventas brutas. Es decir, su ingreso total menos el impuesto sobre las ventas, ganancias y reembolsos. En consecuencia, puede llevarse un monto importante de sus ganancias.

 

Existe también una cuota regular que cobran algunos franquiciadores; que se cancela semanalmente, mensualmente o trimestralmente, en lugar de las regalías. Puede ser parte del recargo que deberá cancelar por los productos o servicios que se le exija debe comprar.

 

También es frecuente, que las franquicias paguen una parte de los costos de promoción y de publicidad local, regional y nacional del franquiciador. Casi siempre, estas cuotas van a un fondo de publicidad cooperativo, con el cual resultan beneficiadas todas las franquicias, pues la  exposición de su nombre comercial abarca más sectores y permanece más tiempo.

 

Para decidir por cuál franquicia decantarse recuerde tener en cuenta que las cuotas iniciales y las regalías de las franquicias más nuevas suelen ser más bajas. Sin embargo, también debe considerar que las franquicias de nombre poco reconocido, generalmente carecen de experiencia suficiente que favorezca que usted adquiera un sistema que funciona y por ende, las posibilidades de fracaso podrían ser mayores.

 

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