30 septiembre, 2016

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Cómo pedir a los padres como Residentes Permanentes

 

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Pedir a sus padres como residentes permanentes, es el deseo de muchos ciudadanos estadounidenses. Aunque los padres sean extranjeros, la legislación americana permite que los hijos estadounidenses soliciten a sus padres. De esa forma, éstos podrán vivir en los Estados Unidos, como residentes permanentes legales.

 

Son varios los requisitos que deben cumplirse para conseguirlo. A continuación, se los explicamos.

 

¿Qué debe hacer un ciudadano americano para pedir a sus padres como residentes permanentes?

La legislación vigente en EE.UU.,  permite que los ciudadanos estadounidenses, mayores de 21 años de edad, reclamen la reunificación con sus padres nacionales extranjeros, en territorio norteamericano.

 

Para iniciar las gestiones correspondientes a la petición de padres como residentes permanentes es necesario conocer algunas características y condiciones del proceso.

 

Características y condiciones del proceso de solicitud de padres como residentes permanentes:

 

  • Padre/madre residiendo legalmente en EE.UU., mediante ingreso legal o por un permiso anticipado de viaje:

    • El hijo debe presentar ante USCIS, el Formulario I-130 “Petición para Familiar extranjero”. También debe acompañarlo de todos los documentos exigidos (dependiendo de su caso particular). Esos documentos son: Copia de su certificado de nacimiento de los EE.UU., Copia de su pasaporte válido de los EE.UU., Copia de su Informe consular sobre nacimiento en el extranjero, Copia de su certificado de Naturalización, Copia de su certificado de Ciudadanía.
    • Los padres presentarán el Formulario I-485 “Solicitud de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus”, así como los documentos exigidos.

 

Si la solicitud es aprobada, a través del Consulado o Embajada, los padres serán informados sobre el procedimiento que deberán seguir.

 

  • Madre biológica, que reside fuera de EEUU.

    En este caso,  deberán presentarse, además, los siguientes documentos:

    • Una copia de su Certificado de Nacimiento en el cual se muestren su nombre y el de su madre.

 

  • Si se trata del Padre biológico y el mismo reside fuera de los Estados Unidos, se deberá presentar además:

    • Una copia de su Certificado de Nacimiento en el cual se muestren su nombre y el de sus padres (padre y madre, ambos incluidos).
    • Una copia del Acta de Matrimonio Civil de sus padres.

 

  • Padre biológico, que reside fuera de EEUU. Además el hijo que hace la solicitud, nació fuera del matrimonio y fue legitimado antes de los 18 años.

    En este caso se debe presentar:

    • Una copia de su Certificado de Nacimiento en el cual se muestren su nombre y el de su padre
    • Evidencia documental de que por el matrimonio legal de los padres biológicos, el hijo fue legitimado por su padre biológico antes de cumplir los 18 años de edad.

 

  • Padre biológico, que reside fuera de EEUU. Además el hijo nació fuera del matrimonio y no fue legitimado antes de los 18 años:

    • Una copia de su Certificado de Nacimiento en el cual se muestren su nombre y el de su padre
    • Evidencia documental de que hubiese existido alguna relación entre usted y su padre (ya sea emocional o económica) antes de que usted cumpliera los 21 años de edad o contrajera matrimonio (cualquiera de las dos que hubiese ocurrido primero).

 

  • Si se trata de su Padrastro/Madrastra, quien se encuentra residiendo fuera de los Estados Unidos, usted deberá presentar además:

    • Una copia de su Certificado de Nacimiento en el cual se muestren su nombre y el de sus padres biológicos (padre y madre).
    • Una copia del Acta de Matrimonio Civil de su padre/madre biológico con su madrastra/padrastro, en el cual se muestren que el matrimonio ocurrió antes de usted cumpliera los 18 años de edad
    • Evidencia documental de que los matrimonios anteriores de su padre/madre biológico o madrastra/padrastro fueron disueltos legalmente. En tal sentido podrá auxiliarse de los siguientes documentos: Copia de Certificado de divorcio, Copia de Certificado de defunción, Copia de Decreto de Anulación.

 

  • Si se trata de un Padre/Madre adoptivo, quien se encuentra residiendo fuera de los Estados Unidos:

    • Una copia de su Certificado de Nacimiento
    • Una copia Certificada del Certificado de Adopción en la cual se evidencie que la adopción tuvo lugar antes de que usted cumpliera los 16 años de edad
    • Una Declaración en la cual se evidencie que usted haya convivido con su padre/madre adoptivo (citando lugares y fechas de dicha convivencia)

 

Así mismo, en todos los casos ya señalados, es requisito indispensable, la presentación de:

  • Documentos que evidencien cualquier cambio de nombres legales, en caso de que estos se haya modificado respecto a lo mostrado en los documentos oficiales presentados. Para ello, puede apoyarse en: Certificado de matrimonio, Acta de divorcio, Acta de adopción, Orden judicial de cambio de nombre.
  • El Formulario I-864 “Declaración Jurada de Patrocinio Económico o Financiero”, en el momento necesario, según corresponda.

 

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