18 octubre, 2016

Categoría:  Sin categoría

Ciudadanos colombianos con visas E1/E2

 

ciudadanos colombianos con visas e1e2 globofran_18oct_tw

 

Gracias al tratado de navegación y comercio establecido entre EEUU y Colombia (vigente desde junio de 1848), pueden contar, los ciudadanos colombianos con visas E1/E2. Es decir, si éstos desean viajar para mantener un comercio considerable entre dichos países, podrán solicitar la visa E-1 (de Comerciante) o la visa E-2 (de Inversionista).

 

Así mismo, la entrada en vigencia, desde el 15 de mayo de 2012, del Tratado de Libre Comercio entre estos países, ha favorecido e incrementado las opciones de negocios en este último.

 

En consecuencia, se ha incrementado, también, el número de ciudadanos colombianos con visas E1/E2. De esta forma, los empresarios colombianos, han podido hallar nuevos nichos para su actividad comercial.

 

¿Qué son las visas E1/E2?

Son visas que a empresarios de otros países, establecerse en EEUU  por un lapso de 2 a 5 años. De esa forma, podrán dirigir sus negocios desde allí. También, podrán viajar de manera constante,  entre ambos países. Además, otorgan los mismos beneficios con los que cuenta un residente permanente.  Así mismo, el grupo familiar (cónyuge e hijos menores de 21 años) también recibe dichos beneficios.

 

La visa E1 corresponde a empresarios que ya han estado realizando algún intercambio comercial con EE.UU. Dicho intercambio, puede ser de servicios, tecnología o productos. También puede ser de importación o exportación de productos y demás.

 

Por otra parte, la visa E2, está orientada a personas que invierten en algún negocio establecido o en propiedad raíz en Los Estados Unidos.

 

Validez de las Visas E1/E2

Los ciudadanos colombianos con visas E1/E2, pueden renovarlas siempre y cuando el comercio o inversión continúen y los solicitantes cumplan los requisitos exigidos. Estas visas tienen una validez de 5 años.

 

A continuación, presentamos la lista de requisitos para estas visas, tomada de la página oficial de la Embajada de los Estados Unidos en Bogotá:

 

Requisitos: Comerciante (E-1)

  • El solicitante de visa debe tener la ciudadanía de un país con tratado de comercio.
  • La compañía a la cual el solicitante de visa viaja a los Estados Unidos debe tener la nacionalidad del país del tratado.
  • El comercio internacional debe ser “sustancial” en el sentido de que haya un volumen continuo y considerable de comercio.
  • El comercio debe ser principalmente entre Estados Unidos y el país del tratado, es decir, más del 50% del comercio internacional debe llevarse a cabo entre los Estados Unidos y el país del cual tiene la ciudadanía el solicitante de visa.
  • Comercio significa intercambio internacional de bienes, servicios y tecnología. El título de los artículos comercializados debe pasar de una de las partes implicadas a la otra.
  • El solicitante de visa debe estar empleado en calidad de supervisor o ejecutivo, o poseer conocimiento altamente especializado para la operación eficiente de la compañía.
  • Trabajadores normales o sin dicho conocimiento especializado no califican.

 

Requisitos: Inversionista (E-2)

  • El inversionista, ya sea persona natural o jurídica, debe tener la nacionalidad del país del tratado.
  • La inversión debe ser sustancial. Debe ser suficiente para asegurar la operación exitosa de la compañía. El porcentaje de inversión para una compañía de negocios de bajo costo debe ser mayor que el porcentaje de inversión en una compañía de alto costo.
  • La inversión debe ser una compañía con operación real.  Inversiones especulativas o inactivas no califican.
  • La inversión no puede ser marginal. Debe generar ingresos significativos mayores a aquellos que solo permitan sobrevivir al inversionista y su familia, o debe tener un impacto económico significativo en los Estados Unidos.
  • El inversionista debe tener el control de los fondos y la inversión debe estar en riesgo en un sentido comercial. Los préstamos respaldados con los bienes de la empresa no son permitidos.
  • El inversionista debe venir a los Estados Unidos a desarrollar y dirigir la empresa.  Si el solicitante de visa no es el inversionista principal, él o ella debe estar empleado en calidad de supervisor, ejecutivo o con conocimiento altamente especializado. Trabajadores normales o sin dicho conocimiento especializado no califican.

 

consultor 1024x512

 

¡Vive en Estados Unidos y mejora tu calidad de vida!

MIRA NUESTRO VIDEO